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Resolución General N° 80
Te comentamos un poco sobre la Resolución General N° 80 “Por la cual se crea el registro de usuarios de zonas francas y se reglamenta los servicios desarrollados en las zonas francas destinados al mercado internacional” la cual fue comunicada por la SET el pasado 25 de enero del 2021.
Las disposiciones contenidas en la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del 01 de marzo de 2021.
El Usuario deberá completar la Solicitud de Inscripción en el Registro mediante el formulario electrónico que estará disponible en el Sistema de Gestión Tributaria «Marangatu», y debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener el RUC en estado Activo.
- Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluyendo la obligación formal de presentación de Declaraciones Juradas de liquidación de impuestos e Informativas.
- Presentar la Constancia que acredite la calidad de Usuario, la cual deberá estar refrendada por el Consejo Nacional de Zonas Francas.
- Presentar el contrato suscripto con el Concesionario, a través del cual adquirió el derecho de operar en la Zona Franca.
- Declarar la nómina de bancos, financieras o cooperativas con los cuales realiza operaciones y sus respectivos números de cuenta. Asimismo, deberá declarar la nómina de las casas de cambio con las que opera.
- Autorizar expresamente a los bancos, financieras, cooperativas o casas de cambio con los cuales opera, a proporcionar a la SET y a la Dirección Nacional de Aduanas, información sobre las operaciones realizadas con dichas entidades.
Fuente: SET (Enero, 2021). Resolución General N° 80. Secretaría de Tributación. Recuperado de: https://www.set.gov.py/portal/PARAGUAY-SET/detail?folder-id=repository:collaboration:/sites/PARAGUAY-SET/categories/SET/Normativas/resoluciones/2021&content-id=/repository/collaboration/sites/PARAGUAY-SET/documents/2021/normativas/Resoluci%C3%B3n%20General%20N%C2%BA%2080-21





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